Plan de Sostenibilidad Turística en Destino Bajo Nalón «Un destino muy cerca de ti» (PRTR – NextGenerationEU)
La Mancomunidad de las Cinco Villas impulsa el Plan de Sostenibilidad Turística en Destino (PSTD) Bajo Nalón, una iniciativa enmarcada en el Plan Territorial de Sostenibilidad Turística en Destino del Principado de Asturias 2022 y financiada con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), a través del Componente 14 (C14.I1, Submedida 2), con fondos NextGenerationEU.
Este Plan tiene como finalidad avanzar en la transformación del Bajo Nalón hacia un modelo turístico sostenible en su triple vertiente medioambiental, socioeconómica y territorial, reforzando el posicionamiento del destino a partir de sus valores identitarios y contribuyendo a la marca «Asturias Paraíso Natural».
El PSTD Bajo Nalón cuenta con una financiación total de 1.860.134,00 €, procedente del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (NextGenerationEU).
Las actuaciones del Plan deberán estar finalizadas antes del 30 de junio de 2026, y la certificación/justificación se articula conforme a los hitos y obligaciones del PRTR.
Líneas de actuación (Ejes) y actuaciones previstas
El Plan se estructura en 4 ejes:
Eje 1. Transición verde y sostenible Total: 306.132,00 €
- Conservación, prevención de riesgos y mantenimiento de la Senda de los Miradores 53.488,65 €
- Conservación de ecosistemas y mirador de aves de Playa de La Llama 118.352,00 €
- Diseño, adecuación y señalización de las Rutas Jacobeas de Pravia 71.793,00 €
- Centro de interpretación y recepción de la Ría del Nalón (Muros, San Esteban y La Arena) 62.497,70 €
Eje 2. Mejora de la eficiencia energética Total: 719.775,92 €
- Mejora de tramos y señalización del Camino de la Costa 39.993,28 €
- Senda verde de las Trincheras del Fortín de Ranón y Barganaz 28.682,43 €
- Senda verde Villar – Playa de Campofrío/Aguilar 85.587,60 €
- Iluminación ecoeficiente de la Playa de Aguilar 105.045,24 €
- Plan de movilidad sostenible de Pravia y peatonalización de la entrada al casco histórico 105.725,72 €
- Ordenación del paseo marítimo y entorno del puerto de La Arena 40.310,98 €
- Peatonalización de accesos y mejora del entorno de la plaza del Ayuntamiento de Soto del Barco 314.430,67 €
Eje 3. Transición digital Total: 276.267,00 €
- Herramientas de digitalización y comercialización online de la oferta turística del destino 234.267,00 €
- Estrategia y plan de marketing digital 42.000,00 €
Eje 4. Competitividad Total: 557.959,08 €
- Gerencia del plan y dinamización del ente gestor del destino 126.000,00 €
- Diseño y dotación de nueva Oficina de Turismo Inteligente de Pravia 92.400,00 €
- Áreas de autocaravanas de Pravia y San Esteban 91.467,00 €
- Diseño y promoción de rutas turísticas culturales del Destino Bajo Nalón 27.531,16 €
- Renovación museográfica y expositiva del Museo del Prerrománico 84.000,00 €
- Renovación de contenidos y mejora del entorno del Museo del Salmón 92.218,53 €
- Diseño de experiencias y productos turísticos (Alimentos del Paraíso y Turismo Industrial) 44.342,39 €
Texto convenio PSTD Mancomunidad Cinco Villas
Texto adenda convenio PSTD Mancomunidad Cinco Villas
Hitos y objetivos del Plan Territorial de Sostenibilidad Turística
| Tipo | Nombre | Descripción del hito y objetivo | Fecha | Método de verificación |
|---|---|---|---|---|
| Hitos | (220) Finalización de los proyectos incluidos en el Plan Territorial | Las Comisiones de Seguimiento se asegurarán de que todos los destinos beneficiarios logren como mínimo los siguientes porcentajes de ejecución de cada Plan de Sostenibilidad Turística: Ejecución del 30 % en el caso de los destinos adjudicados en 2022. | T4/2024 | Informe de la Comisión de Seguimiento por el que se valida el umbral de progreso. |
| (221) Finalización de los proyectos incluidos en el Plan Territorial | Finalización de todos los proyectos incluidos en los PSTD y adjudicados en consonancia con los objetivos 217, 218 y 219; 35 % de los fondos destinados a financiar medidas que aborden la transición verde, la sostenibilidad y la eficiencia energética o la electromovilidad en los destinos. | T2/2026 | Certificación de la ejecución. | |
| Objetivo | (218) Etiquetado climático | Contribución a los objetivos relacionados con el cambio climático con, en promedio, un coeficiente climático del 31,7 %, que podrá alcanzarse sobre la base de los campos de intervención establecidos en el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241. | T2/2026 | Informe de la Comisión de Seguimiento. |
El PSTD Bajo Nalón orienta sus actuaciones a:
- Proteger y poner en valor el patrimonio natural y cultural del destino, favoreciendo un uso turístico respetuoso.
- Impulsar la sostenibilidad y la eficiencia en infraestructuras y servicios turísticos, incluyendo movilidad y actuaciones ecoeficientes.
- Acelerar la transformación digital del destino mediante herramientas de promoción, comercialización y marketing digital.
- Reforzar la competitividad y la experiencia turística mediante nuevos equipamientos y productos.
Aportación del PSTD «Bajo Nalón, un destino muy cerca de ti» al etiquetado climático y digital
| Eje | Actuación | Etiqueta |
|---|---|---|
| 1 | Actuaciones de conservación, prevención de riesgos y mantenimiento de la Senda de los Miradores | 035 |
| 1 | Conservación de ecosistemas y mirador de aves de Playa de La Llama | 050 |
| 1 | Diseño, adecuación y señalización de las Rutas Jacobeas de Pravia | 035 |
| 1 | C.I y recepción de la Ría del Nalón en Muros, San Esteban y La Arena | 050 |
| 2 | Mejoras, adecuación de tramos y señalización del Camino de la Costa | 073 |
| 2 | Senda verde de las Trincheras del Fortín de Ranón y Barganaz | 073 |
| 2 | Senda verde Villar - Playa de Campofrío/Aguilar | 073 |
| 2 | Sistema de iluminación ecoeficiente de la Playa de Aguilar | 073 |
| 2 | Plan de movilidad sostenible de Pravia y peatonalización de la entrada al casco histórico | 073 |
| 2 | Ordenación del paseo marítimo y el entorno del puerto de La Arena | 073 |
| 2 | Peatonalización de accesos y mejora del entorno de la plaza del Ayuntamiento de Soto del Barco | 073 |
| 3 | Herramientas de digitalización y comercialización online de la oferta turística del destino | 011 |
| 3 | Estrategia y plan de marketing digital | 011 |
| 4 | Gerencia del plan, creación y dinamización del ente gestor del Destino Bajo Nalón | n/a |
| 4 | Diseño, construcción, instalación y dotación de nueva Oficina de Turismo Inteligente de Pravia | n/a |
| 4 | Áreas de autocaravanas de Pravia y San Esteban | n/a |
| 4 | Diseño, creación y promoción de rutas turísticas culturales Destino Bajo Nalón | n/a |
| 4 | Acondicionamiento y renovación museográfica y expositiva del Museo del Prerrománico | n/a |
| 4 | Renovación de contenidos, adecuación del espacio y mejora del entorno del Museo del Salmón | n/a |
| 4 | Diseño de experiencias y productos turísticos (Alimentos del Paraíso y Turismo Industrial) | n/a |
- 035 Medidas de adaptación al cambio climático y prevención y gestión de riesgos relacionados con el clima: inundaciones (incluidas las acciones de sensibilización, la protección civil, los sistemas e infraestructuras de gestión de catástrofes y los enfoques ecosistémicos), con una contribución a los objetivos climáticos del 100 %.
- 073 Infraestructuras de transporte urbano limpio. La infraestructura que permite el funcionamiento de material rodante de cero emisiones, con una contribución a objetivos climáticos del 100 %.
- 011 Etiqueta digital, con una contribución a objetivos climáticos del 100 %.
- 050 Protección de la naturaleza y la biodiversidad, patrimonio y recursos naturales, infraestructuras verdes y azules, con una contribución a objetivos climáticos del 40 %.
Principios transversales de gestión del PRTR
Refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Orden HFP 1030/2021, y en estricto cumplimiento de las obligaciones que impone el artículo 22 del Reglamento por el que se aprueba el MRR, resulta de aplicación, a las contrataciones que se lleven a cabo en el PSTD, el Plan de Medidas Antifraude aprobado por Resolución de la Presidencia de la Mancomunidad de las Cinco Villas del 14 de agosto de 2023, estando este a disposición para su consulta por la ciudadanía en la web de la Mancomunidad (Click aquí).
Prevención de la doble financiación y sujeción a los controles de la UE
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden 1030/2021, la ejecución del PRTR debe respetar los límites establecidos en relación con las ayudas de Estado y la prevención de la doble financiación. A tal efecto, y de conformidad con lo dispuesto en el Plan de Medidas Antifraude que rige en la Mancomunidad de las Cinco Villas, se deberán incorporar en los expedientes de contratación ejecutados en el PSTD las declaraciones de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Sujeción a los controles de la Unión
Los contratistas y, en su caso, subcontratistas, de las actuaciones del PSTD, se encuentran sujetos a los controles de la Comisión Europea, la Oficina de Lucha Antifraude, el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea, así como a la concesión del acceso necesario de dichos órganos a la información que precisen sobre el contrato, en los términos previstos en el artículo 129 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 (en adelante, Reglamento Financiero). A los efectos previstos anteriormente, las empresas contratistas y, en su caso, las subcontratistas, presentarán una declaración responsable conforme al modelo previsto a tal efecto en las licitaciones.
Conservación de documentos
Los contratistas y, en su caso, los subcontratistas, tendrán la obligación de conservar los documentos relativos a los contratos suscritos en el marco del PSTD, por un periodo de 5 años, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 132 del Reglamento Financiero.
Identificación del perceptor final de los fondos, sea como beneficiario de las ayudas, o adjudicatario de un contrato o subcontratista
Rigen las obligaciones de identificación e información de la perceptora final de los fondos procedentes del PRTR a que se refieren el artículo 8 de la Orden 1030/2021, y el artículo 10 de la Orden 1031/2021. Esta información deberá ser facilitada por los contratistas y, en su caso, por los subcontratistas de los contratos ejecutados en el marco del PSTD.
Comunicación
Las obligaciones de información, comunicación y publicidad del PSTD se encuentran recogidas en el artículo 34 del Reglamento (UE) n.º 2021/241 de 12 de febrero por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y están especificadas en los artículos 10 del Acuerdo de Financiación entre la Comisión y 9 de la Orden 1030/2021. Tanto la Administración como los contratistas deben asumir la responsabilidad de publicitar, comunicar y difundir los proyectos cofinanciados con cargo al mismo.
Canales de denuncia
El Plan de medidas antifraude de la Administración del Principado de Asturias y su Sector Público contempla en su artículo 2.4 diversos canales de denuncia, que actualmente son los siguientes:
- Se ha habilitado una dirección de correo electrónico en la Inspección General de Servicios del Principado de Asturias, abierta al conjunto de agentes y ciudadanía en general.
- Canal SNCA. Si se desea poner en conocimiento del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude hechos que puedan ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados con cargo a fondos europeos. Más información.
- Además de lo anterior, cualquier persona puede informar a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) de sospechas de fraude o corrupción que afecten a los intereses financieros de la Unión Europea, por medio de los siguientes canales: por carta a Comisión Europea, Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF); por correo electrónico a OLAF-COURRIER@ec.europa.eu; o por medio de las líneas de teléfono gratuito indicadas en ec.europa.eu/anti-fraud.
Análisis de riesgo en relación con posibles impactos negativos significativos en el medioambiente (principio «do no significant harm», DNSH), seguimiento y verificación de resultado sobre la evaluación inicial
En aplicación del principio de «no causar daño significativo» (principio «do no significant harm-DNSH»), de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, y por el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021:
- Se respetará la normativa medioambiental aplicable, incluido el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088, así como la Guía Técnica de la Comisión Europea (2021/C 58/01) sobre la aplicación de este principio de «no causar daño significativo».
- Se respetarán los procedimientos de evaluación ambiental, cuando sean de aplicación, conforme a la legislación vigente, así como otras evaluaciones de repercusiones que pudieran resultar de aplicación en virtud de la legislación medioambiental.
- Se deberá aportar justificación del cumplimiento del principio DNSH mediante una evaluación favorable de adecuación al principio de DNSH, o en su caso, una declaración responsable del cumplimiento del mismo. En todo caso, siguiendo lo dispuesto en la Decisión de Ejecución del Consejo, a fin de garantizar que las medidas contenidas en el PSTD se ajustan a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de DNSH, los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación:
- las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos;
- las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes;
- las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras y plantas de tratamiento mecánico-biológico;
- las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.
- En los procedimientos de licitación pública que se sigan, se incluirá en los PCAP al menos, una condición especial de ejecución relacionada con la innovación, de tipo medioambiental o de tipo social. Asimismo, deberán constar como obligaciones esenciales el cumplimiento del principio DNSH, sus condiciones específicas y las condiciones del etiquetado, en su caso. Al inicio de la tramitación de cada instrumento de ejecución de las actuaciones, el órgano gestor de la entidad ejecutora lo asignará a uno de los ámbitos de intervención de los indicados en el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, justificando adecuadamente dicha asignación.
Todas las actuaciones deberán adecuarse y ejecutarse conforme a las etiquetas climáticas que le correspondan. Es obligación de la entidad local ejecutora guardar la trazabilidad de cada una de las medidas, así como de disponer de un sistema que permita calcular y seguir los objetivos cuyo nivel de consecución tiene que reportar la Comunidad Autónoma.
Asimismo, la entidad local se asegurará de que las entidades a las que se adjudique o encargue la ejecución de actuaciones integrantes del Plan cumplan el principio DNSH y los objetivos climáticos y digitales, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Con tal fin se requerirá a dichas entidades una evaluación favorable de adecuación o una declaración responsable del cumplimiento del principio DNSH en el sentido establecido por el apartado 6) del artículo 2 del reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
En las actuaciones que impliquen rehabilitación, equipamientos e infraestructuras, se deberán tener en cuenta las siguientes condiciones específicas del DNSH:
Para prevención y el control de la contaminación: realizar una evaluación de impacto ambiental de cada una de las inversiones de la medida de acuerdo con la Directiva de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y la normativa nacional de evaluación de impacto ambiental, y se identificarán e incluirán en el diseño de cada proyecto todas las medidas de mitigación necesarias para la prevención y el control de la contaminación del suelo y del agua.
Los componentes y materiales de construcción utilizados en la construcción no contendrán amianto ni sustancias muy preocupantes identificadas sobre la base de la lista de sustancias sujetas a autorización que figura en el anexo XIV del Reglamento (CE) 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Los componentes y materiales de construcción utilizados en la construcción que puedan entrar en contacto con los usuarios emitirán menos de 0,06 mg de formaldehído por m³ de material o componente y menos de 0,001 mg de compuestos orgánicos volátiles cancerígenos de categorías 1A y 1B por m³ de material o componente, previa prueba de acuerdo con CEN/TS 16516 e ISO 16000-3 u otras condiciones de prueba estandarizadas y métodos de determinación comparables. Además, se adoptarán medidas para reducir el ruido, el polvo y las emisiones contaminantes durante la fase de obra y se ejecutarán las actuaciones asociadas a esta medida siempre cumpliendo la normativa de aplicación vigente en cuanto la posible contaminación de suelos y agua.
Para la prevención y el control de la contaminación y protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas: Cuando las actuaciones de rehabilitación tengan lugar en áreas sensibles a la biodiversidad (incluida la red Natura 2000 de áreas protegidas, sitios del Patrimonio Mundial de la UNESCO y áreas clave para la biodiversidad, así como otras áreas protegidas) o en áreas próximas, se requerirá el cumplimiento de los artículos 6 (3) y 12 de la Directiva de hábitats y el artículo 5 de la Directiva de aves. Además, cuando sea preceptivo, se llevará a cabo una EIA de acuerdo con la Directiva EIA.
Para mitigación del cambio climático: En la rehabilitación de edificios se tendrá en consideración las directrices recogidas en la Directiva (UE) 2018/844 relativa a la eficacia energética de los edificios de cara a que sean edificios de consumo de energía casi nulo, permitiendo reducir de forma significativa el consumo de energía primaria no renovable.
Para adaptación al cambio climático: Las medidas de rehabilitación permitirán contribuir a la adaptación de los edificios al cambio climático, adoptando las soluciones de adaptación que sean posibles en el marco de las opciones que permita la edificación existente y su protección en caso de que sean edificios protegidos, como la utilización de cubiertas vegetales, toldos, zonas de sombreado, etc.
Para transición a una economía circular:
- Al menos el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos (excluido el material natural mencionado en la categoría 17 05 04 en la Lista europea de residuos establecida por la Decisión 2000/532 / EC) generados, en las actuaciones previstas en esta inversión, será preparado para su reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.
- Los operadores limitarán la generación de residuos en los procesos relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las mejores técnicas disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la eliminación y manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta calidad mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando los sistemas de clasificación disponibles para residuos de construcción y demolición.
- Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad en lo referido a la norma ISO 20887 para evaluar la capacidad de desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo estos están diseñados para ser más eficientes en el uso de los recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir la reutilización y el reciclaje.